Modalidades de servicio
¿Qué nivel de apoyo necesitas?
No todas las empresas parten del mismo punto. La mayoría nos elige para la gestión integral: documentación y avisos implementados de verdad en tus sistemas.
Solo técnica
¿Ya tenéis el inventario y la documentación pero os falta implementar los avisos reales? Diseñamos e implementamos los avisos de IA en tus chatbots y agentes, y el marcado del contenido generado.
- Avisos de naturaleza artificial (art. 50.1)
- Marcado de contenido generado (art. 50.2)
- Proceso de verificación del etiquetado
- Adaptación a públicos vulnerables
- Soporte técnico continuo
Solo documental
Si ya tenéis equipo técnico que puede implementar los avisos, nos encargamos de la parte documental: inventario, análisis GAP y política de alfabetización en IA.
- Inventario de sistemas de IA en uso
- Análisis GAP artículo 50 (50.1 a 50.5)
- Política de alfabetización IA (artículo 4)
- Proceso de cumplimiento documentado
- Apoyo ante inspección de la AESIA
Técnica y documental (integral)
Gestión completa. Hacemos el inventario y la documentación e implementamos los avisos reales — en chatbots, agentes y contenido generado — dejando evidencias listas para una inspección de la AESIA.
- Todo lo del servicio documental
- Avisos de IA implementados en producto
- Evidencias y verificación listas para inspección
- Formación del equipo (art. 4) + soporte continuo
El precio depende del número de sistemas de IA y del alcance. En el diagnóstico gratuito te damos el presupuesto cerrado.
Por qué somos distintos
No solo un informe en PDF:
también los avisos implementados
La mayoría de consultoras de AI Act entregan un informe de cumplimiento: qué obligaciones tenéis, qué falta, qué riesgo corréis. Pero el artículo 50 exige que el aviso de IA esté diseñado dentro del propio producto — en el chatbot, en el flujo de conversación, en el pie de cada imagen generada — no en un documento aparte.
Un consultor legal no puede tocar el código de tu chatbot. Un desarrollador sin visión del artículo 50 no sabe qué avisar ni cómo. Nosotros hacemos las dos cosas: documentamos la obligación y la implementamos en el sistema real.
El artículo 50 es una obligación de diseño, no un aviso legal en la letra pequeña — así lo señala la propia guía de la Comisión Europea (Comunicación C(2026) 5054).
Obligatoriedad
¿Tu empresa tiene que cumplir el artículo 50?
El artículo 50 no exige que seas una gran tecnológica. Aplica a cualquier empresa que use IA para hablar con clientes o generar contenido — sin excepción de tamaño.
Clínicas con chatbot de citas
Si un asistente o bot de WhatsApp gestiona vuestras citas, tiene que avisar que es una IA desde el primer mensaje. No basta con llamarlo "Asistente".
APLICAInmobiliarias con IA en anuncios
Si generáis descripciones, fotos o vídeos de inmuebles con IA, ese contenido necesita un marcado legible por máquina (art. 50.2).
APLICAEcommerce con chatbot de atención
El caso que más afecta a empresas según la guía de la Comisión: el usuario puede confundir las respuestas con las de un humano.
MUY FRECUENTETransporte y logística
Imágenes, audio o vídeo generados con IA para campañas de marketing necesitan marcado, aunque el contenido no trate sobre IA.
CRECIENTEAgentes de IA que reservan o compran
Un agente que actúa por cuenta de tu empresa debe revelar su naturaleza artificial y por cuenta de quién actúa, en cada interacción.
APLICA¿Tienes dudas?
Hacemos un diagnóstico gratuito para determinar qué sistemas de IA usáis y qué apartados del artículo 50 os aplican.
Diagnóstico gratuito →Proceso
Cómo trabajamos
Diagnóstico gratuito — inventario de sistemas de IA
Revisamos qué sistemas de IA usa tu empresa: chatbots, agentes, generación de contenido, reconocimiento de emociones. 30-60 minutos, sin coste.
Análisis GAP del artículo 50
Determinamos qué apartados (50.1 a 50.5) aplican a cada sistema y qué falta para cumplirlos.
Documentación y decisión sobre el Código de Buenas Prácticas
Redactamos el proceso de cumplimiento documentado y la política de alfabetización en IA (art. 4). Decidimos contigo si firmar el Código de Buenas Prácticas o justificar el cumplimiento por otra vía.
Implantación técnica: avisos y marcado
Diseñamos e implementamos los avisos de naturaleza artificial en tus chatbots y agentes, y el marcado del contenido generado por IA (imagen, audio, vídeo).
Formación del equipo (artículo 4)
Formación práctica para el personal implicado, con registro de asistencia — la evidencia concreta que exige el artículo 4.
Verificación y soporte continuo
Revisamos que los avisos se aplican bien y dejamos el proceso de verificación listo para una inspección de la AESIA. Soporte cuando incorpores nuevos sistemas de IA.
El artículo 50
Las dos obligaciones que más afectan a las empresas
El artículo 50 tiene cinco apartados. En la práctica, dos concentran casi todos los casos que vemos en pymes españolas.
Aplica a chatbots, asistentes de voz y agentes de IA que interactúan directamente con personas. Hay que diseñar el sistema para que la persona sepa, desde el primer turno, que habla con una IA — no basta un aviso en la letra pequeña.
- Aviso perceptible en el primer turno de conversación
- Prohibido apoyarse en un nombre ambiguo ("Asistente")
- Los agentes que reservan o compran deben revelar también por cuenta de quién actúan
- Adaptación a públicos vulnerables (menores, mayores)
Aplica a cualquier sistema que genera o manipula texto, imagen, audio o vídeo con IA. El contenido necesita un marcado legible por máquina, y debe existir un mecanismo de detección disponible.
- Marcado técnico (metadatos, marca de agua) del contenido generado
- Mecanismo de detección disponible para terceros
- El etiquetado no legaliza el contenido — otras normas siguen aplicando
- Recomendado: firmar la Sección 1 del Código de Buenas Prácticas
Los apartados 50.3 (reconocimiento de emociones y categorización biométrica) y 50.4 (deepfakes y textos de interés público) son menos frecuentes en pymes, pero también los cubrimos si tu sistema los usa.
Para profundizar
El detalle legal completo, en el blog
Esta página resume el servicio de consultoría. Si quieres el análisis exhaustivo del artículo 50 con la guía oficial de la Comisión Europea, lo cubrimos en tres guías.
Panorama general
AI Act: qué entró en vigor el 2 de agosto de 2026
Qué se aplaza y qué no, y las cuatro obligaciones del artículo 50 explicadas una a una.
Chatbots y agentes
Chatbots con IA: la obligación legal de avisar que es una IA
Qué exige el artículo 50.1, ejemplos de qué sí y qué no cumple, y cuándo se puede invocar la excepción.
Multas y sanciones
AI Act: multas de hasta 15M € y cómo demostrar que cumples
Cómo funciona el Código de Buenas Prácticas y qué supervisa la AESIA en España.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
El artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) regula la transparencia de los sistemas de IA: obliga a que chatbots y agentes revelen su naturaleza artificial, y a que el contenido generado o manipulado con IA (texto, imagen, audio, vídeo) lleve un marcado legible por máquina. Aplica a cualquier empresa que use estos sistemas para interactuar con personas o generar contenido, sin excepción de tamaño. Está en vigor desde el 2 de agosto de 2026, sin periodo de gracia.
Hasta 15.000.000 € o el 3% del volumen de negocio mundial anual del ejercicio anterior, la cifra que sea mayor (artículo 99.4 del AI Act). Para pymes y startups se aplica la cifra menor de las dos. Se supervisa como vigilancia de mercado, de oficio o por denuncia de cualquier persona afectada.
Sí. La guía oficial de la Comisión Europea señala los chatbots de atención al cliente integrados en webs como el caso que más afecta a empresas, precisamente porque el usuario puede confundir las respuestas con las de una persona. No basta con un nombre ambiguo como "Asistente": el sistema debe estar diseñado para revelar su naturaleza artificial de forma perceptible desde el primer turno.
No, es voluntario y se puede cumplir por otros medios. Pero si no lo firmas, tienes que documentar por tu cuenta cómo tus medidas aseguran el cumplimiento, hacer un análisis de brechas frente al Código, y las autoridades de vigilancia pedirán información más detallada. Firmarlo también puede actuar como atenuante si hay una sanción. Te ayudamos a decidir si conviene firmarlo y gestionamos el proceso.
Son cumplimientos distintos. ENS e ISO 27001 certifican la seguridad de la información, con auditoría externa acreditada. El AI Act no es una certificación: es una obligación legal de transparencia sobre cómo usas la IA, supervisada por la AESIA, sin proceso de auditoría externa formal. Si tu empresa necesita varios, coordinamos el trabajo para no duplicar documentación.
Entre 3 y 6 semanas en la mayoría de pymes, desde el diagnóstico gratuito hasta tener los avisos implementados y la documentación lista. Depende de cuántos sistemas de IA uses y de si generas contenido sintético con regularidad.
Si ningún sistema de tu empresa interactúa directamente con personas ni genera contenido sintético, el artículo 50 no te aplica. Pero el artículo 4 (alfabetización en IA), vigente desde febrero de 2025, sí exige medidas para apoyar la formación del personal que usa IA en el trabajo, con independencia del artículo 50. El diagnóstico gratuito aclara exactamente qué te aplica.